Divorcios

El divorcio es la ruptura del vínculo conyugal, pronunciada por los tribunales en vida de los esposos, a demanda de uno de ellos o de ambos. Sólo con el divorcio se pone fin de manera plena y definitiva al vínculo matrimonial, quedando ambos cónyuges en aptitud de contraer nuevas nupcias.

Requisitos

  • Adjuntar fotocopia de los documentos de identidad de los cónyuges.
  • Partida de Matrimonio original.
  • En caso de tener hijos menores de edad o con discapacidad: partida de nacimiento, copia certificada de la sentencia judicial y acta de conciliación.
  • En caso de no tener hijos menores de edad ni con discapacidad presentar declaración jurada.
  • En caso de tener bienes comprados dentro del matrimonio: testimonio de la Escritura pública de separación de bienes y liquidación de gananciales inscrito en registros públicos.
  • En caso de no tener bienes solo presentar declaración jurada.
  • Deberá traer su solicitud de separación convencional, dirigida al Notario, debidamente firmada y con huella de cada una de las partes, y debidamente autorizada por abogado hábil.

Importante

  • Las partidas deben tener una expedición no mayor a 30 días.
  • En caso de partidas expedidas en provincia, deberán contar con la certificación de la firma respectiva por parte del registrador civil de RENIEC.
  • Tratándose de ciudadanos peruanos deben contar con el sello de la última votación, la dispensa o el pago de multa según sea el caso y pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
  • Tratándose de intervinientes a partir de 75 años de edad, deberán presentar certificado médico otorgado por neurólogo, psiquiatra o geriatra, que dé cuenta del buen estado de salud físico y mental del paciente, con una expedición no mayor a 30 días.

Plazo aproximado del trámite: 3 meses